Novedades regulatorias. Febrero 2021.

Guillermo Setién

Marco comunitario

El mes de febrero comenzó con el anuncio de ESMA de que va a lanzar una acción de supervisión sobre la aplicación de los requisitos de gobernanza de productos comprendidos bajo la normativa MiFID II. Mediante esta estrategia el supervisor se centrará en estudiar como garantizan los fabricantes que los costes de los productos son compatibles con los objetivos de su mercado objetivo, el modo en que estos identifican el mercado objetivo (target market) y la estrategia de distribución de cada producto y el contenido y frecuencia de la información intercambiada entre fabricantes y distribuidores.

Tambien en el marco de la regulación MiFID, ESMA procedió a actualizar su Q&A sobre estructuras de mercado MiFID y MIFIR. En concreto, aclaró losaspectos relativos a la clasificación de transacciones DEA (Direct Electronic Access) y a las operaciones mediante interposición de cuenta propia sin riesgo (matched principal trading) de empresas de servicios de inversión.

Finalmente, en las novedades sobre MiFID, el Parlamento Europeo por su parte y junto con el Consejo de la UE, aprobaron el pasado día 23 de febrero la Directiva que modifica la Directiva MIFID (así como otras dos Directivas; 2013/36/UE y 2019/878/UE) introduciendo las modificaciones conocidas como Quick Fix; una serie de cambios para adaptar la normativa MIFID a la actual coyuntura generada por el COVID-19 y la crisis económica que arrastró la pandemia. En síntesis, el paquete de medidas pretende aligerar la carga regulatoria a las ESIs y garantizar la competencia en el sector, sin perder de vista la protección del inversor.

A su vez, ESMA publicó su informe anual sobre exenciones y diferimientos para instrumentos de renta variable. Este informe, sobre datos de 2019 y que se publica con retraso a causa del COVID-19 y del Brexit, indica que la amplia mayoría de exenciones se dio en operaciones relativas a acciones, siendo la exención más frecuente la conocida como LIS (Large In Scale) y el país que más exenciones notificó fue el Reino Unido.

El Consejo de la UE publicó por su parte una serie de reglas con vistas a la desaparición del índice LIBOR (London Inter-Bank Offered Rate) que tendrá lugar a finales de año; normas que persiguen garantizar la seguridad jurídica y evitar los riesgos que puede comportar para la estabilidad financiera el que desaparezca un índice de importancia sistémica. Estas reglas facultan a la Comisión a adoptar medidas severas (como reemplazar un índice) cuando la estabilidad del mercado esté en riesgo.

En el ámbito de supervisión prudencial, EBA ha presentado sus test de estrés para medir la solvencia de los bancos de la Unión Europea. En ese sentido, estos ejercicios –que abarcarán 50 bancos titulares del 70 % de los activos bancarios de la UE- incluirán hipótesis de una evolución adversa del COVID-19 y una pérdida significativa de confianza de los depositarios. Paralelamente, el Banco Central Europeo estudiará la solvencia de 53 bancos excluidos de la muestra de EBA.

Cabe destacar a su vez la migración de operaciones bursátiles desde Londres hacia Ámsterdam durante los meses de enero y febrero, primeros de la era post Brexit ha sido objeto de atención. Así, desde la salida del Reino Unido de la Unión Europea y según las plataformas de trading, el volumen de operaciones de Ámsterdam ha aumentado un 321 % con respecto al mismo periodo en el año 2020. Por el contrario, el de Londres se redujo un 45 % tan solo en los cuatro primeros días de enero, perdiendo un volumen de operaciones valorable en 6.300 millones de euros.

Por último, y en materia de protección de datos, el Comité Europeo de Protección de Datos publicó una serie de directrices sobre ejemplos en notificación de brechas de seguridad. En este documento, el Comité expone ejemplos trasladados por autoridades nacionales para trasladar a los responsables de tratamiento cuáles son los aspectos más relevantes qué deben considerar en lo relativo a brechas de seguridad. En ese sentido, las directrices se dividen en diferentes categorías por razón de materia: ransomware, filtraciones, riesgos por errores humanos internos, pérdida de documentos, misposting y otros posibles escenarios.

Marco nacional.

El comunicado conjunto de la CNMV y del Banco de España sobre el riesgo de las criptomonedas como inversión ha sido uno de los eventos que más interés ha suscitado en el ámbito nacional. Dicho comunicado, emitido al calor de la vertiginosa ascensión del valor de ciertas criptomonedas, advierte de que sin perder de vista su potencial, entrañan grandes riesgos que pueden hacer de ellas un instrumento poco recomendable para pequeños ahorradores. Así, ambos supervisores destacan la falta de un marco regulatorio consolidado en la Unión Europea y la nula protección que ampara al inversor, los riegos asociados a su complejidad y su volatilidad, la posibilidad de manipulación de su precio, de robo o de estafa y su escaso reconocimiento como medio de pago.

Por otra parte, el Banco de España publicó su Circular 1/2021 de 28 de enero, que modifica la regulación de la Central de Información de Riesgos (CIR), mediante la que se pretende adaptar la anterior Circular a la nueva Ley de Crédito Inmobiliario y  mejorar la coherencia de la información recopilada a través de la CIR, aumentando a su vez la transparencia y disuadiendo del endeudamiento excesivo.

También este mes vio la luz el pasado la Circular 2/2021 de 28 de enero del Banco de España, que modifica el régimen del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Esta Circular adapta al marco comunitario el régimen informativo introduciendo nuevos requisitos adicionales respecto de la información que deben tener las entidades acogidas al FGD a disposición del Banco de España.

Como consecuencia de la situación de pandemia y la crisis económica generada por la COVID-19, el Gobierno ha prorrogado las moratorias hipotecarias y de crédito de consumo. En el Real Decreto 3/2021 de 2 de febrero se acuerda la ampliación por nueve meses de este tipo de medidas orientadas a dar oxígeno a los sectores más golpeados por la situación sanitaria. El plazo para acogerse a estas moratorias queda ampliado hasta el próximo 30 de marzo.

Por último, cabe destacar el pronunciamiento de la CNMV en el mismo sentido de ESMA respecto a un posible caso GameStop en España, indicando que una maniobra de este tipo podría ser ilegal e incluso suponer una responsabilidad penal para las personas que se coordinen para modificar el precio de un valor.

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