El futuro digital en el marco del Estado de Derecho

Susana de la Sierra

El presente viene siendo digital desde hace años y el confinamiento al que hemos sido sometidos en el contexto de la COVID-19 ha acelerado los procesos. La digitalización penetra de forma paulatina en un creciente número de ámbitos de la economía, la Administración Pública, la medicina, la educación, el transporte, la tutela del medio ambiente, las relaciones laborales, las instituciones financieras o la lucha contra el crimen. La tecnología avanza e impregna sectores hasta hace poco impensados y va dejando pocos resquicios a un mundo completamente analógico. El dígito, lo numérico, definen una nueva realidad que requiere de instrumentos jurídicos para ser configurada y gestionada. Por lo tanto, repensar el mundo digital requiere repensar todas las garantías actualmente existentes, para dotar de un estatuto jurídico a la ciudadanía que responda al nuevo contexto. Con este fin, el Gobierno ha impulsado recientemente el proceso de elaboración de una Carta de Derechos Digitales.

La Organización Internacional de Derecho para el Desarrollo (IDLO) también ha abordado recientemente algunas de las cuestiones que acaban de ser mencionadas. Y lo ha hecho en el primero de los webinars que conforman una serie bajo la rúbrica de “Foro sobre la Crisis de la Gobernanza”. El pasado 1 de julio, la Directora General de IDLO, la neozelandesa Jan Beagle, moderaba un debate en el que intervenían responsables de departamentos de justicia y de protección de derechos humanos de diversos países, con el objeto de analizar las reacciones de los Estados ante la pandemia de la COVID-19, extraer enseñanzas a futuro y proporcionar instrumentos de resiliencia. Interesa subrayar que, entre otras cuestiones, la tecnología y la digitalización aparecían como elementos fundamentales del proceso.

La pandemia ha acelerado, por tanto, estos procesos y el entorno digital ha caracterizado nuestra vida durante y tras el confinamiento. El teletrabajo ha recuperado debates para la agenda pública sobre el derecho a la desconexión digital, sobre la conciliación y sobre las ventajas de la incorporación de este modelo de trabajo también en situaciones de normalidad. La escuela a distancia, entre otras consideraciones, ha visibilizado la brecha digital, fuente de desigualdad en un ámbito, el educativo, en el que se establecen las bases de la pertenencia a la sociedad. Esta circunstancia se enmarca con carácter más general en la vulnerabilidad de quienes viven en los márgenes del entorno digital y que, por tanto, no pueden participar de la vida pública y administrativa por carecer de medios y competencias para ello.

Desde IDLO, sobre la base de estos y otros ejemplos reales existentes en mayor o menor medida en todos los países, se viene insistiendo en que la respuesta a la pandemia y al escenario post-pandemia se ha de realizar con los instrumentos del Estado de Derecho. Este debate se ha planteado, en general, con la legislación de excepción aplicada por todos los Estados, incluido el nuestro. Sin embargo, más allá de este debate importante, la definición de un marco jurídico claro para el entorno digital, aquel en el que desarrollamos ya una parte relevante de nuestra vida profesional, personal y de ocio, es un desafío ambicioso y acuciante al que se ha de dar respuesta. Desde la Fundación Gabeiras se ha promovido ya hace tiempo la reflexión sobre la dimensión iusfundamental de la sociedad digital, para contribuir desde el Derecho a la conciliación entre las indudables ventajas que comporta la evolución tecnológica para la calidad de vida de la ciudadanía y los riesgos que también tiene asociados. Así, entre los Encuentros más recientes, destaca el concerniente al desarrollo de apps de rastreo de personas contagiadas por COVID-19 y, en general, del diseño de aplicaciones desde la inteligencia artificial en el ámbito sanitario. El diálogo entre juristas y otros profesionales (ingenieros de telecomunicaciones, ingenieros informáticos, epidemiólogos, expertos en comunicación, entre otros) resulta imprescindible para la configuración de ese marco jurídico y ético al que se ha hecho referencia.

La crisis sanitaria, que ha devenido también en crisis económica y social, ha subrayado nuestras vulnerabilidades individuales y colectivas. Como toda crisis compleja, afecta a varios bienes públicos (salud, educación, mínimo económico vital, entre otros) que no siempre resulta sencillo conciliar. Las respuestas han de venir, sí, desde el Estado de Derecho y desde el Estado Social, si bien los límites del Estado resultan en este caso un corsé que ha de superarse. La crisis es global y, ante la necesidad de conciliar distintos bienes públicos, se echa en falta un sistema real de gobernanza global que atienda a las distintas necesidades. Cada organismo internacional actúa, dentro de sus posibilidades y de sus carencias, atendiendo al mandato específico que le ha sido conferido. Por ello, los debates jurídicos dentro y fuera de estos límites estatales han de contribuir a reforzar el discurso del Estado de Derecho y del Estado Social, proponiendo instrumentos útiles – normativos e institucionales – que permitan afrontar desafíos como el presente, en el entendido de que no será el último.

 

 

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