Remedios pre-concursales tras el COVID

El 2020 será recordado como un año horríbilis, pues el COVID 19 ha sacudido la sociedad y la economía de tal forma que nuestro mundo, tal y como lo conocemos, no volverá a ser el de siempre.

Además del terrible drama humano que ha supuesto la pandemia, sus efectos se han trasladado con fuerza a nuestra economía a todos los niveles y han afectado especialmente a algunos sectores con los que estamos especialmente vinculados, como son el de los creadores y el de las industrias culturales.

Ante esta situación, desde GABEIRAS Y ASOCIADOS pretendemos difundir una serie de ideas y estrategias que sirvan de guía y orientación a los particulares y a las empresas para poder tomar las mejores y más ajustadas decisiones legales que impidan o minimicen los efectos económicos negativos derivados.

Para ello, en las próximas semanas iremos publicando distintos artículos que tratarán las diversas posibilidades y estrategias que nos permiten la legislación y jurisprudencia actuales en esta materia.

Para empezar, decir que es muy aconsejable para las empresas empezar por realizar un análisis interno de cómo les ha afectado la pandemia a su negocio en estos últimos meses, y dado que nos encontramos ya entrados en el segundo semestre del año y que sólo quedan cuatro meses de cerrar el ejercicio 2020, esta reflexión debería ser bastante más profunda.

A este respecto, el Gobierno adoptó una serie de medidas extraordinarias en material concursal recogidas en el RDL 16/2020, de 28 de abril, que en la práctica suponía una línea de oxígeno para los administradores.

Dichas medidas, incluían la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2020 del deber de los administradores de solicitar el concurso (y la prohibición de admitir a trámite concursos necesarios) y por otro lado la exclusión de las pérdidas del año 2020 a los efectos de determinar si se está incurso en causa legal de disolución.

Ahora bien, esta prórroga concedida por el Estado debería servirnos para preparar a conciencia estos escenarios, y valorar los remedios pre-concursales no sólo como un mecanismo para salvar la responsabilidad del administrador, sino también para poder adaptarnos a las nuevas situaciones y mantener la actividad de nuestra compañía a través de un plan de viabilidad.

En esta línea, lo primero sería analizar si se está realmente en un estado de insolvencia inminente, es decir, si se prevé que no podrá cumplir regular y puntualmente con las obligaciones y compromisos asumidos (pago a proveedores, empleados, impuestos y tributos, etc).

Si nos encontramos ante esa situación, habría que valorar la posibilidad de acudir a alguno de los mecanismos pre-concursales previstos en la ley, y comunicarlo a partir del 30 de septiembre de 2020 al juzgado o al organismo competente.

En concreto existen tres instituciones pre-concursales: Los acuerdos de refinanciación, la negociación de adhesiones a una propuesta anticipada de convenio y el acuerdo extrajudicial de pagos.

Los acuerdos de refinanciación tienen por objeto negociar con los acreedores financieros una ampliación de los créditos o prorrogar los vencimientos de estos según el plan de viabilidad de la empresa. No obstante, estos acuerdos sólo se pueden alcanzar con entidades financieras, y no sirve para aplazar o renegociar las deudas con proveedores, empleados, hacienda o seguridad social.

El acuerdo extrajudicial de pagos y la propuesta anticipada de convenio son instrumentos que guardan bastantes similitudes, pues em ambos se proponen a los acreedores un plan de quitas y esperas vinculado a un plan de viabilidad de la empresa.

El acuerdo extrajudicial de pagos tiene una serie de límites cuantitativos (el activo y pasivo debe ser inferior a 5 Millones de Euros y no puede haber más de 50 acreedores), pero la ventaja es que su tramitación no es judicial, por lo que puede ser más rápida y menos costosa.

La propuesta anticipada de convenio no tiene esas limitaciones cuantitativas, pero requiere de tramitación judicial para su aprobación.

Como se puede comprobar, cada mecanismo pre concursal tiene sus peculiaridades que iremos desgranando en próximos artículos de este blog, no obstante, todos tienen en común la necesidad de preparar un buen plan de viabilidad de la empresa.

Si tienes dudas respecto a cómo puedes afrontar esta nueva normalidad y cómo negociar con tus acreedores, no dudes en contactar con nosotros.

Somos un sólido equipo de abogados, con un alto perfil profesional y profundamente comprometidos con la sociedad y con nuestros clientes