ESMA continúa con su objetivo de asegurar la protección del consumidor. Nueva Guía Técnica sobre la protección al inversor minorista.

A finales del mes de abril, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (en adelante, ESMA, por sus siglas en inglés) presentó la actualización de su guía técnica sobre aspectos a la protección al inversor minorista. La publicación de estas directrices es la respuesta a la consulta de la Comisión Europea (en adelante, CE) en la que pedía asesoramiento en materia de requisitos de información, información digital y nuevas herramientas y canales digitales  

El objetivo del supervisor europeo es dar directrices que faciliten a los inversores obtener la información necesaria para tomar decisiones de inversión informadas. Por otro lado, pretenden disuadir el uso de técnicas de marketing agresivas y prácticas perjudiciales. Esto es, se busca conjugar una protección efectiva al consumidor sin perjudicar que puedan beneficiarse de las oportunidades que les brinda la digitalización. 

Sobre la información a los inversores 

ESMA se centra en resolver las dudas de la CE en materia de identificación de diferencias relevantes entre los requisitos de divulgación de MIFID II y sobre los PRIIP. En este sentido, apuesta por el desarrollo de un formato estándar de la UE de información sobre costes y cargos de alineación de la divulgación bajo MIFID y PRIIPs KID.

Una de las indicaciones más relevantes de ESMA al respecto de la divulgación de información es la necesidad de modificar los arts. 66.3 y 47.1 de MIFID II. Haciendo esto, no serería necesaria la entrega de políticas de conflictos de intereses y mejor ejecución ya que se encuentran accesibles en la web. Por otro lado, con el fin de mejorar la legibilidad mecánica de la información divulgada a los clientes, se ha aconsejado adaptar los requisitos de MIFID II. Además, propone la estandarización de un formato europeo para la divulgación de información sobre costes y gastos. 

Otro punto relevante es que, como solución a la sobrecarga de información que recibe el inversor, se acote lo que es información vital. ESMA propone limitar la información con esta categoría a las características y objetivos claves del producto, la información sobre riesgos y la totalidad de costes y comisiones. 

En atención a la digitalización 

El supervisor europeo afirma que los principios sobre divulgación de información recogidos en MIFID II son aplicables, en cualquier caso, independientemente del canal y los medios de comunicación utilizados. Para ello recomienda que se incluya en MIFID un mandato expreso para que desarrolle unas directrices específicas sobre los requisitos de información digital y el uso de técnicas y herramientas digitales por las entidades. Este mandato se aplicará a todas las prácticas digitales de la entidad.

ESMA pone especial atención a las comunicaciones de marketing agresivas y a las cuestiones relacionadas con campañas engañosas en las redes sociales.  Para evitar esto, reivindica que las autoridades nacionales supervisoras puedan hacer advertencias de riesgos para instrumentos financieros especialmente complejos o de alto riesgo. 

En cuanto a las nuevas tecnologías y herramientas digitales, ESMA considera el marco legal apropiado, por el momento. No obstante, recomienda la prohibición de los PFOF a través de modificaciones en MiFID II. Por otro lado, reconoce los beneficios de las finanzas abiertas, destacando el incremento de la competencia entre entidades que acabaría repercutiendo en una bajada de los costes y una mejora de los productos y servicios para los inversores. Sin embargo, incide en la necesidad de no olvidarse de los riesgos que trae consigo, como la propagación de los datos de los clientes y su posible mal uso por parte de las entidades. Ante esto, recomienda tenerlo en cuenta en futuros desarrollos legislativos. 

En definitiva

ESMA vuelve a  poner el foco de atención en la protección al consumidor a través de esta guía, centrándose en el desarrollo de unas directrices sobre los requisitos de información digitales, y los usos de técnicas y herramientas digitales y el alineamiento de los requisitos de información entre la normativa de los PRIIP y MIFID II. Por último, continúa con el seguimiento de las novedades legislativas relacionadas con las transformaciones digitales del sector y su evolución. 

A la publicación de estas directrices se sumará en el futuro la guía para la inclusión de las preferencias de sostenibilidad de los clientes en el test de idoneidad,  en el tercer trimestre del año, tras cerrar el periodo de consulta pública previa el 27 de abril. Con esto, el supervisor deja claro su compromiso con la protección del consumidor a la vez que se adapta a la nueva realidad de los mercados. 

 

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