G&A seguirá reclamando por los ‘Valores Santander’ tras la caducidad de hoy

Gabeiras y Asociados

Los abogados de Gabeiras & Asociados continuarán defendiendo a los clientes del Banco Santander afectados por la venta fraudulenta de los Valores Santander después de que hoy, 4 de octubre, venza el plazo para reclamar por error en el consentimiento en la compra. Expira el margen legal para pedir la anulación del contrato de inversión, al haber transcurrido cuatro años desde el canje obligatorio en acciones de la entidad pero, según mantiene Gabeiras & Asociados, se podrá seguir defendiendo que el incumplimiento de las obligaciones del Santander supuso un grave perjuicio para los consumidores.

Se calcula que los afectados, unos 130.000 minoristas sin perfil financiero, perdieron hasta la mitad de sus ahorros al invertir en un producto de mayor complejidad que la informada por la entidad, y por cuya comercialización el banco ha sido multado con una de las más altas sanciones impuestas a la banca en nuestro país por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la CNMV.

El Banco Santander, como ha reconocido la CNMV y tribunales de todo el país, vulneró su obligación de informar a sus clientes de forma exacta, completa y de manera continuada sobre los riegos de adquirir los Valores Santander, un producto complejo, de poca liquidez y de riesgo elevado. Lo vendió de forma masiva entre su red comercial, con un perfil inadecuado, minoristas y conservadores, primando el éxito de la operación sobre las necesidades de sus clientes. Así, no respetó el protocolo previsto por la Ley del Mercado de Valores, siendo el incumplimiento de esta normativa imperativa la clave que permite a Gabeiras & Asociados continuar reclamando por el capital invertido por los consumidores pasados los cuatro años desde la fecha de canje obligatorio.

El bufete Gabeiras & Asociados, especializado en Derecho Financiero y Bancario, ha sido pionero en la defensa de los derechos de minoristas y consumidores frente a los bancos. Desde que en 2012 comenzó a presentar demandas por las irregularidades en torno a los Valores Santander ha concluido múltiples procesos con acuerdos satisfactorios e importantes sentencias positivas para sus clientes.

Qué son los Valores Santander

El Santander emitió en 2007 bonos convertibles obligatoriamente en acciones de la entidad por valor de 7.000 millones de euros para financiar su participación en la compra del banco holandés ABN AMRO. Los comercializó como valores de renta fija autocanjeables cuyo atractivo recaía en su supuesta rentabilidad, en el elevado tipo de interés que recibirían los compradores, 7,3% fijo durante el primer año y, a partir del segundo, 2,75% más Euribor.

Si el banco, como parte de un consorcio, no adquiría ABN AMRO antes de julio de 2008, sus clientes se reembolsarían las cantidades invertidas. Sin embargo, como sucedió, si se compraba antes de que expirara el plazo, los valores serían canjeados por obligaciones convertibles en acciones del banco. El canje sería voluntario durante los meses de octubre de los años 2008, 2009, 2010 y 2011 y obligatorio en el mismo mes de 2012. Su precio, calculado en 2007 con una compleja fórmula, se había fijado en el 116% del promedio de la cotización de las acciones en los cinco días anteriores a la emisión de las obligaciones.

Esto suponía, al no respetarse el precio del mercado en el momento de realizarse la operación, que si la cotización de la acción caía, lo que ocurrió como consecuencia de la crisis, también lo haría la inversión del consumidor. En 2012 los clientes pagaron por cada acción 16,04 euros, cuando en ese momento cotizaba en Bolsa en alrededor de seis, lo que se traducía en la pérdida del 55% de la inversión o del 32%, si se descontaban los intereses cobrados.

Por qué expiran las reclamaciones por error en el consentimiento

Independientemente de cuándo se firmó la orden de compra o si se acudió a alguna de las ventanas de cancelación anticipada, la fecha para reclamar por los Valores Santander se ha considerado extendida al 4 de octubre de este año.

Los tribunales se han pronunciado en diversas ocasiones sobre el cálculo del plazo de cuatro años durante el que ejercer la acción de anulabilidad sobre contratos de adquisición de este tipo de productos financieros. Distinguen entre la perfección, momento en que las partes suscriben el correspondiente contrato, y la consumación, cuando el contrato termina de desplegar todos sus efectos previstos. Y, como establece el Código Civil en su artículo 1.301 para los casos de “error, dolo o falsedad”, han venido estimando que el cómputo del plazo de cuatro años no comenzaría en la perfección sino en la posterior consumación, entendiéndose que ésta se hizo efectiva el 4 de octubre de 2012, fecha de conversión obligatoria del producto en acciones.

Gabeiras & Asociados

El estudio jurídico Gabeiras & Asociados fue fundado hace más de diez años por los abogados Patricia Gabeiras y Roger Dedeu con una vocación social: contribuir a un desarrollo sostenible y justo. Está especializado en tres áreas del derecho, independientes pero basculantes: Derecho Financiero y Cumplimiento Normativo, Derecho de la Cultura, Derecho de los Negocios y de la Economía Social y Sostenible. Se caracteriza por una visión innovadora e integradora del Derecho, que pone en práctica periódicamente en su Aula, contenedor de debate y análisis jurídico, espacio de encuentro de estudiantes y profesionales de todas las disciplinas.

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